viernes, 30 de julio de 2021

Emergencias para trabajadores aislados

El artículo 20 de la Ley de prevención 31/95 nos indica que cuando haya una situación de emergencia el empresario activará las medidas previstas ya sea por accidente o por otra situación.

¿Y si la situación de emergencia se da y no recibe esa información?

Este caso se puede dar en situaciones peligrosas como confinados, trabajos en altura, operaciones con productos químicos. En ellas, el RD 39/97 22bis nos indica que debe haber un recurso preventivo.
Pero existen otras como son los trabajos en solitario que no existe esta obligación, en este tipo de trabajo si se da la emergencia no se pone en marcha el procedimiento de rescate o mitigación de la situación fuera de control.
Hoy día existen sistemas de alarma automáticas contra incendios, sistemas de aviso en vehículos conectados como eCall, dispositivos de hombre muerto, etc
Normalmente un trabajador en solitario no se expone a riesgos especiales, pero siempre es susceptible de accidente cardiovascular o de tráfico, sin obviar periodos cortos de situaciones de riesgo general como olas de calor o frío. Yo mismo llevo empresas en el SPA de regadores nocturnos, agrícolas de invernadero, personas  trabajadoras de la limpieza  nocturnas, repartidores/as o reparadores que trabajan solos todo el día o noche. ¿Cómo hace el empresario para iniciar el protocolo de emergencia si no le llega la señal de alarma?

El reglamento francés prevé específicamente esta situacion, nombrando a los dispositivos para trabajadores aislados « PTI » (protection du travailleur isolé), o DATI, algo que no está expresamente recogido en nuestra norma básica 31/95 pero sí implícito por el socorrido concepto in vigilando, aunado a que el propio artículo 20 dice "deberá analizar las posibles situaciones de emergencia". Si le sumamos lo que dice el artículo 15 de la LPRL sobre la evolución de la técnica, blanco y en botella.
¿Qué hace el DATI? monitoriza los movimientos, es capaz de detectar la caída inmovilidad o trabajador yacente, de modo que envía mensaje (sms o similar) a un contacto de forma que puede iniciarse un procedimiento de rescate.
Los recursos disponibles para abordar este asunto, pues parece que existen dispositivos fabricados expresamente para estas funciones pero no conozco ninguno más allá de fotos. No obstante en nuestro móvil de empresa tenemos lo necesario para que actúe como tal, solo falta el software. 

En la tienda de aplicaciones de tu móvil podrás encontrar varias, unas de pago y otras gratuitas, unas conecta les otras no y con diferentes disparadores de la alarma
Aquí una que he probado con bastante éxito  https://www.www-es.beepiz.com/legislaci%C3%B3n
,Y  otras
https://play.google.com/store/apps/details?id=org.kleeschulte.android.tmw
https://play.google.com/store/apps/details?id=com.hammersecurity

Si me preguntaran qué requisitos debería tener, pues que sea desconetable. Creo que es muy importante darle en control al trabajador, que no se sienta "trackeado", y que la active en operaciones específicas marcadas por un procedimiento, por ejemplo ola de calor por ejemplo .O si así lo consideran paritariamente trabajador y empresario que todo el día este conectada.
También que el envío del aviso no dependa de internet, la cobertura telefónica es mayor.

Y sobre todo que sea confiable.

Sea como fuere en solitario o en equipo el procedimiento de emergencias se inicia con el aviso. Si este no llega las consecuencias pueden ser fatales.

https://www.inrs.fr/risques/travail-isole/dispositif-alarme-travailleur-isole-DATI.html


jueves, 30 de enero de 2020

Dos noticias se leen mejor juntas

De lo que se come se cría, ¿que pasa por la cabeza de los planificadores sanitarios para permitir semejante paso?


jueves, 23 de enero de 2020

El fin de las subcontratas???

¿Que ventajas tiene para una empresa subcontratar?
No soy jurista pero me atrevo a opinar, esto es un blog y es gratis.
Podría ser abaratar costes. Podríamos entender que la de poder abarcar aquellos trabajos especializados para los que no dispone personal especializado.
Lo que entiendo que no es el objeto de la figura de la extenalización es abaratar los salarios. ¿Entoces porque existe empresas de mantenimiento a expensas de otras?
¿Que ocurre cuando estos son trabajos son propios de la empresa, cómo limpieza o mantenimiento?
Opino que puede considerarse en no pocas ocasiones cesión ilegal de mano de obra.



Todo está autoreflexión viene a colación por una sentencia del TSJ catalán en la dicta que el salario de empresa se debe aplicar a la subcontrata.
Por los vientos que soplan en relación a la reversión de los falsos autónomos, "un autónomo con un solo  pagador es falso autónomo" anunciada por una de las mitades del nuevo gobierno, pueda parecer que la actual atomización, sino tiene los días contados si se vaya a poner en verdad.
Bajo el paraguas de todas está empresas han aflorado otras de servicios, cómo los servicios de prevención o las asesorías fiscales o laborales. ¿Puedes estos polvos traer futuros lodos a las gestoras laborales y fiscales incluso a los servicios de prevención?

Vi la noticia en cinco días, en público y en En Blog, Derecho Laboral por Kernel Legal de los tres el único que colgó la sentencia

domingo, 19 de enero de 2020

¿Puede ser considerada persona con discapacidad la trabajadora que tiene la consideración de especialmente sensible frente a los riesgos derivados del trabajo?

Si me preguntan a mi la respuesta es clara y sencilla SI por lo menos para ese trabajo. Pero como siempre las cosas no son tan sencillas.


Leo en la REVISTA DE JURISPRUDENCIA LABORAL - Número 8/2019
Resumen:
Se resuelve una cuestión prejudicial en la que cuestionaban dos circunstancias. Si, en primer lugar, podía considerarse discapacitada a la trabajadora que tenía reconocida la consideración de especialmente sensible a los riesgos derivados del trabajo. Y si, en segundo lugar, los criterios implementados empresarialmente para la articulación de un despido colectivo por causa económica, técnica, organizativa o de producción, eran discriminatorios precisamente por emplear parámetros que tenían en consideración variables laborales de difícil consecución por una trabajadora especialmente sensible a los riesgos laborales que, además, había acumulado bajas laborales por esta circunstancia en el período antecedente tenido en consideración para la extinción objetiva.
Me estalla la cabeza que se plantee una situación así, trabajadora declarada especialmente sensible, no se adapta el puesto y la despiden por razones de productividad.
Revisando no he visto de manera clara si al final del cuento anulan es despido por causas objetivas.
Si alguien lo tiene claro que me lo comente, yo por mi parte seguiré rebanándome los sesos.




El BOE tiene muchos servicios de información y suscripciones como alertas legislativas o revistas de jurisprudencia laboral donde puedes suscribirte por temas.

jueves, 16 de enero de 2020

Cambio en los requisitos formativos en el III convenio del metal

Hace poco que se publicó el nuevo convenio del metal su tercera modificación.

Me puse a revisar los posibles cambios respecto a formación preventiva y prevención, pero por más que lo miro no veo grandes novedades formativas ni preventivas.
Dicen algunas entradas por  internet que han aumentado las horas de formación para delegados a 50,  pero eso ya se ve en el segundo de 2017.


Sólo la formación de reciclaje  parece que sean más laxos, pasan de 4 horas cada 3 años a 4 horas cada 4 años.
Tercer convenio
e) Formación de reciclaje consistente en 4 horas de formación que serán impartidas periódicamente cada 4 años o cuando la persona trabajadora haya estado alejado del sector al menos durante un año de manera continuada. En este último supuesto la formación será impartida con carácter previo a su incorporación.
En lugar de la del segundo:
e) Formación de reciclaje consistente en 4 horas de formación que serán impartidas periódicamente cada 3 años o cuando el trabajador haya estado alejado del sector al menos durante un año de manera continuada. En este último supuesto la formación será impartida con carácter previo a su incorporación

Radiaciones en hosteleria

No será la primera vez que veo el riesgo de radiaciones en cocinas o bares por la existencia de hornos microondas.

Por tal y como el fabricante ha diseñado el equipo el riego o no existe o es trivial. Otra cosa sería puro desconocimiento.

lunes, 13 de enero de 2020

Estadistica 2018 accidentes laborales ESPAÑA y actualidad

Venimos de los 2860 muertos de 1973 (estadísticas históricas de España cuadro 15.36), mucho hemos mejorado aunque NO LO SUFICINETE.

Algunos datos:
Accidentes con baja 532.977  suben 17.895 +3,5%
Accidentes sin baja 730.686 bajan 7.898 -1,06%
Accidentes mortales 574 suben 17 +3,1%
 
Agrario 75 +8 11,9% Industria 105 -1 -0,9%
Construcción  99 +9 10,0%
Servicios 295 1 0,3%

I.I. accidentes con baja
Agrario  5.297,9 -83,6 -1,6%
Industria 5.536,5 138,7 +2,6%
Construcción 7.982,7 337,0 +4,4%
Servicios  2.613,2 -53,8 -2,0%

I.I mortales
Agrario 11,22 +1,07 10,5%
Industria  5,14 -0,20 -3,8%
Construcción 11,38 +0,17 1,5%Servicios 2,45 -0,07 -2,9%

Las tablas RESUMEN y TABLAS COMPLETAS

Hace poco leyendo PW vi que en Castellón los accidentes subieron un 7% cuando los trabajadores aumentaron solo un 1,6%.
Es evidente la relajación en la exigencia preventiva. ¿NO LO SUFICIENTE? un aplauso a los responsables, entre los que me incluyo.